Solicitud de Fraccionamiento Gratuito Unificado

Descripción

El FGU consiste en el pago a cuenta a lo largo de un ejercicio económico de los tributos de vencimiento periódico (entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) y cobro por recibo en 10 mensualidades.

La adhesión al sistema implica la domiciliación bancaria de los pagos a realizar mensualmente. La domiciliación conlleva una bonificación del 5% de las cuotas a pagar por el sujeto pasivo.

¿Quién lo puede solicitar? Cualquier contribuyente u obligado al pago en el momento de la solicitud. La solicitud para adherirse al procedimiento deberá presentarse antes del 15 de diciembre del ejercicio anterior al de su vigencia.
Documentación a aportar Instancia normalizada debidamente cumplimentada, firmada o sellada.
¿Dónde solicitarlo? Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Arganda del Rey
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 1 Mes
Normativa

Ordenanza fiscal reguladora de la gestión de cobro mediante el sistema de Fraccionamiento Gratuito Unificado.

¿Quién tramita la solicitud? Ingresos Públicos
Organismo resolutor Ayuntamiento de Arganda del Rey
Observaciones
  • Unidad de Ingresos Públicos (Casa Consistorial. Primera planta).
    Horario de atención: Lunes, miércoles y viernes de 9 a 14 horas.
Más información
  • Plazo de presentación: desde el 1 de enero hasta el día 15 de diciembre del ejercicio anterior al de su aplicación. La presentación de la instancia debidamente cumplimentada implica la solicitud de adhesión voluntaria y expresa del obligado al pago de deudas tributarias a la gestión de cobro mediante el sistema de Fraccionamiento Gratuito Unificado (FGU).
  • Requisitos: para ser admitido en el FGU es necesario cumplir los siguientes requisitos:
    • No tener deudas pendientes en vía de apremio, salvo que estuviesen recurridas y avaladas.
    • No haber incumplido dos mensualidades del FGU en el ejercicio de la solicitud o en el inmediatamente anterior.
    •  Haber solicitado adherirse al FGU en el plazo establecido
  • Prórroga automática: una vez solicitado el alta en el sistema, la solicitud se entenderá prorrogada automáticamente para sucesivos ejercicios en tanto no se solicite la baja de forma expresa.
  • Impago y exclusión: cuando alguna cuota mensual resultare impagada, el interesado deberá solicitar una copia del recibo en el departamento de recaudación del Ayuntamiento y proceder a su abono en la misma entidad bancaria o caja designada para la domiciliación de los pagos en el plazo de 7 días, corriendo el coste bancario de la devolución del recibo por cuenta del contribuyente. Transcurrido dicho plazo y, en todo caso, cuando se produzca la devolución de dos mensualidades consecutivas, se producirá la exclusión automática del sistema, circunstancia que se comunicará al interesado.
  • Abandono del sistema: el contribuyente puede renunciar al sistema a partir del ejercicio siguiente en que se efectúe la solicitud para volver al sistema tradicional. La solicitud de la baja se realizará de forma expresa mediante el modelo de instancia general del Ayuntamiento.
  • Regularización: En los dos últimos trimestres del ejercicio se regularizará la situación tributaria del administrado, si procediera, consistiendo los seis últimos "pagos a cuenta" en las seis últimas mensualidades ± las diferencias por actualización impositiva de conceptos.
  • Justificantes de pago: En el mes de enero de ejercicio siguiente, se remitirán las cartas de pago individuales por conceptos a efectos legales y fiscales.
DESCARGA DE DOCUMENTOS
16 de Junio de 2017

Registro Electrónico Registro Electrónico

Presencial Presencial

  • Oficina de Atención a la Ciudadania de Arganda del Rey
  • Oficina de Atención a la Ciudadanía de La Poveda

Telefónico Telefónico

Sólo Información del trámite.

  • 010 - En Arganda del Rey
  • 91 8711344 - Fuera de Arganda del Rey