Autorización de ocupación y uso del dominio público con terrazas de mesas veladores y elementos auxiliares
Descripción | Ocupación y uso del dominio público con terrazas de mesas, veladores y elementos auxiliares. |
¿Quién lo puede solicitar? | Cualquier persona jurídica que sea titular de una licencia de actividad para hostelería a la que se asocia la terraza |
¿Cuándo iniciar el trámite? | Concejalía de Modelo de Ciudad, Medio Ambiente, Obras Públicas y Salud Pública |
Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? | A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arganda del Rey |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Normativa |
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¿Quién tramita la solicitud? | Ayuntamiento de Arganda del Rey |
Requisitos | Solamente se concederá autorización para la instalación de terrazas de mesas y veladores cuando sean anexas o accesorias de una actividad de hostelería |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Arganda del Rey |
Observaciones | Vigencia de autorización El permiso se solicitará para un período máximo de autorización anual que corresponderá con el año natural, pudiendo solicitarse autorizaciones para periodos de menor duración siempre dentro del año natural. Liquidación de la tasa El Departamento de Ingresos Públicos, de oficio, calculará el importe resultante y la forma de pago de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público por el período de funcionamiento del año en curso, poniéndolo en conocimiento del interesado para que efectúe su abono |
Más información | Los servicios de restauración de los hoteles también podrán instalar terrazas de veladores en suelo de titularidad municipal, siempre que los hoteles dispongan de un acceso directo desde la vía pública. La autorización tiene carácter discrecional y se extenderá siempre con carácter de precario y la Autoridad Municipal podrá ordenar, de forma razonada, la retirada de la vía pública, sin derecho a indemnización alguna, las instalaciones autorizadas, cuando circunstancias de tráfico, urbanización, obras (públicas o privadas) o cualquier otra de interés general así lo aconsejen. La autorización quedará sin efecto durante el tiempo necesario hasta que se extinga aquella circunstancia, pudiendo reubicarse la terraza, próxima al local, si eso fuera posible; o abonándose la parte proporcional correspondiente a la tasa de la terraza |
Registro Electrónico
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Tramitar usando una de las siguientes vías:
con Certificado digital
con AutoFirma
También puede tramitar su solicitud en:
Registro Electrónico Común de la AGE
Presencial
- Oficina de Atención a la Ciudadania de Arganda del Rey
- Plaza de la Constitución, 1
- Telf: 010 / 918711344
- 010@ayto-arganda.es
- Oficina de Atención a la Ciudadanía de La Poveda
- Avenida del Cañal, 44
- Telf: 918702095 / 010 / 918711344
- 010@ayto-arganda.es
Telefónico
- 010 - En Arganda del Rey
- 91 8711344 - Fuera de Arganda del Rey
- Tel 1: 91 3457656
- Tel 2: 91 3457657
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